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Forti & Forti dictaminó sobre la inscripción del Fideicomiso Agropecuario del Plata

  • Foto del escritor: Dr. Germán Forti
    Dr. Germán Forti
  • 2 jul 2021
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 6 abr 2022




Profesionales del estudio realizaron el dictamen de precalificación profesional para la inscripción ante la Inspección General de Justicia del Fideicomiso “Agropecuario del Plata”, destinado a la explotación ganadera con fines de exportación.

“Agropecuario del Plata” es un fidecomiso administrado por una entidad fiduciaria de larga trayectoria en la administración de fideicomisos agrícolas e inmobiliarios, y operado por empresas con experiencia en el mercado agropecuario y el comercio internacional de mercaderías.


Este fideicomiso de inversión productiva de carácter abierto permite el ingreso de inversores para financiar la compra, faena y comercialización de ganado vacuno a cambio de una renta derivada de la actividad productiva.


Luego de la contestación de las vistas realizadas por el organismo, el fideicomiso cuyo contrato también fue redactado por profesionales del estudio, ya cuenta con su inscripción registral correspondiente.


Obligación de inscribir los contratos de fideicomiso

El Código Civil y Comercial de la Nación, en su artículo 1669, Sección I Disposiciones Generales” del Capítulo 30, dispuso que el contrato de Fideicomiso, que puede celebrarse por instrumento público o privado, debe inscribirse en el Registro Público correspondiente.


En consecuencia, la Inspección General de Justicia, que tiene a cargo el Registro Público de Comercio, aprobó la Resolución General 7/15, cuyo Anexo “A” sustituyó la Resolución General N° 7/05 y las demás resoluciones del Organismo en el marco de su competencia.


Desde momento en adelante, deben inscribirse ante dicho organismo los contratos de Fideicomiso, con excepción de los Fideicomisos sometidos al control de la Comisión Nacional de Valores o el Banco Central de la República Argentina, contemplados en los artículos 1690, 1691 y 1692 del Código Civil y Comercial de la Nación.


Sin perjuicio de la existencia de un Registro Público de Contratos de Fideicomiso en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, mediante el que se buscó suplir la inscripción ante la IGJ, lo cierto es que la falta de inscripción del contrato ante dicho organismo trae aparejados diversos inconvenientes e impedimentos para el funcionamiento del fideicomiso, entre ellos, la imposibilidad de obtener un CUIT para el Fideicomiso, otorgado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) quien recientemente comenzó exigir la inscripción como requisito previo.


Para más información sobre el tema, comuníquese con consultas@forti-forti.com.ar


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